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Hace unos meses compartíamos en nuestra App +Family información sobre uno de los recursos económicos más recientes e importantes para las familias que tienen hijos menores con una enfermedad grave: la CUME. Hoy nos gustaría precisamente hablaros de las ventajas de CUME.

Porque cuando tu hijo tiene una enfermedad grave reconocida como tal en el decreto que regula la ley, uno de los padres o cuidadores, siempre que ambos trabajen, suele tener que dejar de trabajar y dedicarse en exclusiva al hijo que tiene esa enfermedad grave. Para que eso ocurra debe existir un subsidio para el cuidado de menores, y eso es precisamente CUME.

No voy a entrar en el daño que se produce a todos los niveles dentro de esa familia, además del afectivo o emocional, la decisión de dejar de trabajar, pero sí quiero centrarme en las repercusiones económicas, laborales, personales… en definitiva, repercusiones de todo tipo.

El origen de CUME

Pero antes de entrar en las ventajas de CUME, dejadme que os hable un poco de su origen. Un grupo de padres decidió ponerse manos a la obra y mitigar al menos los daños económicos de esas familias. Lograron sacar adelante una solución que sigue mejorando día a día, ampliando la edad de finalización de la prestación de los 18 años a los 23 años y siguen luchando para que dicha prestación no tenga limite de edad en los casos mas graves en los que exista un grado de discapacidad de más del 65%.

Ahora sí, entremos de lleno en las ventajas de CUME:

La CUME ofrece la reducción de la jornada de trabajo de uno de los padres, cuando ambos trabajen, para el cuidado del menor a su cargo afectado por enfermedad grave. Esto incluye un ingreso hospitalario de larga duración como el tratamiento continuado y el cuidado en domicilio por la enfermedad grave, siempre que sea certificado por el médico responsable de la atención del menor.

La CUME regula el pago de la prestación económica para mitigar a las familias el perjuicio económico que puedan sufrir por esa reducción de jornada.

Es importante saber que existe un listado de enfermedades reconocidas como oficialmente graves y, aunque es difícil que concedan la prestación, si una enfermedad o daño no se encuentra dentro de ese listado (listado que se va actualizando), siempre se puede valorar recurrir a los Tribunales para reconocerla y así tener ese derecho a recibir la reducción y prestación.

Sin embargo, existe algo en lo que aún ese grupo de padres sigue trabajando y es que hay una gran diferencia en los importes a percibir, que depende de si esos padres trabajan por cuenta ajena o trabajan por cuenta propia como autónomos.

CUME continúa mejorando

Lo emocionante de todo esto, como ocurre en tantas ocasiones, es que CUME continúa mejorando. Y es ese grupo de padres el responsable de seguir sacando adelante las mejoras en esta iniciativa que ha terminado siendo normativa de referencia. Ahora trabajan por ampliar y equiparar los derechos de trabajadores por cuenta ajena y autónomos.

Jose Manuel Naharro es uno de ellos. Sentada con él hace unos días, él mismo me contaba cómo ha sido todo el proceso: complejo, como ocurre siempre que queremos cambiar algo y más una ley, pero bonito siempre por las manos que salen a tu encuentro.

Autónomos y CUME

Ahora, de nuevo, en conversación directa con el Congreso de los Diputados, abordan el tema de las cuotas de Seguridad Social que deben seguir pagando los autónomos de su bolsillo a diferencia de los trabajadores del régimen general. El objetivo es conseguir la mayor igualdad posible entre el régimen general y el de autónomos, aumentando así la lista de ventajas de CUME.

Fruto de todo ello, ya han conseguido sacar adelante una bonificación de dichas cuotas en el nuevo proyecto de ley de tributación de los trabajadores autónomos, que ha sido tramitado recientemente.

Sin embargo, José Manuel se quejaba de que la redacción del artículo de dicha bonificación final no es muy clara. Cada matiz es de vital importancia para que después no haya vacíos ni recovecos legales a los que se puedan acoger las mutuas de trabajo. Ya pasó en la anterior modificación de la ley al ampliar el plazo a los 23 años y dejar en el limbo las familias con hijos entre 18 y 23 años que no hubiesen solicitado dicha prestación antes de que sus hijos cumpliesen los 18 años.

Apoyarnos entre familias

La Fundación Bertín Osborne quiere dar siempre visibilidad a recursos e información que hagan la vida de las familias más fácil. +Family nace con esa vocación.

Se trata de hacer equipo, de sumar juntos, de tendernos una mano y tejer una red de apoyo para que no haya ninguna familia que se sienta en situación de desamparo. La incertidumbre genera emociones que inutilizan y bloquean y no ayudan a que ese ambiente familiar, ese hogar, constituya un caldo de cultivo emocional sano donde reine la paz interna de sus miembros. Esta paz será la mejor medicina para que la persona con discapacidad pueda desarrollar al máximo su potencial humano… Su referente y filtro ante el mundo son sus cuidadores: padres, abuelos o hermanos. Y estos deben siempre contar con la ayuda de toda la sociedad.

Gracias a todos esos padres que a diario hacen de este mundo un mundo mejor 😊 Somos conscientes de que las dificultades son muchas veces la única manera posible de despertar, crecer y aprender a ser mejores personas cada día.

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